NO EN EL NOMBRE DE CATALUÑA NI EN EL DE LOS CATALANES

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Ante la publicación excepcional por doce diarios editados en nuestra Comunidad Autónoma de un editorial conjunto titulado “La dignidad de Cataluña”, IMPULSO CIUDADANO realiza las siguientes CONSIDERACIONES:

PRIMERA.- Uno de los principios básicos de la democracia es el de la libertad de expresión. IMPULSO CIUDADANO reconoce el derecho de los medios de comunicación a publicar los editoriales que consideren convenientes.

De todas formas, apelando al derecho de información, sería oportuno conocer el proceso de elaboración del referido editorial a fin de identificar a los impulsores, disponer de los mecanismos de adhesión al mismo y conocer las verdaderas razones que han motivado su publicación.

SEGUNDO.- En uso de esta misma libertad de expresión, garantizada por el artículo 20 de la Constitución, nuestra asociación, de raíz catalana e integrada en su práctica mayoría por personas nacidas y residentes en Cataluña, descarta, por improbable, la existencia de un pensamiento colectivo de “los catalanes”, tal como se afirma en el editorial objeto de este comunicado. La dignidad de Cataluña pasa por asumir su pluralidad cultural, lingüística, ideológica y política.

Parafraseando a Chesterton que preguntado sobre qué opinaba de los franceses, contestó que no los conocía a todos, los periódicos catalanes, a pesar de sus abundantes fuentes de información, carecen de legitimación para opinar en nombre de todos los catalanes y de Cataluña.

TERCERO.- El editorial en cuestión incurre en numerosas falsedades. Pretende deslegitimar al Tribunal Constitucional por su actual composición y su ámbito de actuación. Probablemente no cuestionaría ni legitimación ni competencia, si no temiera un fallo contrario a la integridad del Estatuto que estos medios preconizan. A la vista de esa desconsideración, es preciso recordar que el Tribunal Constitucional es el órgano encargado de supervisar la adaptación de las normas a la Constitución y que, por ello, resuelve los recursos de inconstitucionalidad contra todas las leyes, incluidos los Estatutos y las Leyes Orgánicas. A esos efectos, el artículo 164 de la Constitución dispone que las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de una ley tienen plenos efectos ante todo el mundo, también ante las autoridades catalanas que han de asumirlas y acatarlas.

CUARTO.- Impulso Ciudadano solicita de los dirigentes políticos y de todos los medios de comunicación un comportamiento responsable y que no aticen el espantajo de la ruptura de la convivencia ni levanten la bandera del odio entre los catalanes y el resto de los españoles.

En un Estado Democrático de Derecho, el imperio de la ley y la separación de poderes es fundamental. Es imprescindible que los Tribunales, con celeridad, realicen su labor institucional y que lo hagan sin presiones y sin amenazas rupturistas que intenten condicionar e influir en su decisión. Apelamos a la serenidad y al respeto democrático.