1 de enero de 2010

La bandera de España deberá ondear en el ayuntamiento de Sant Pol de Mar

  El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Barcelona ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el concejal no adscrito del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y miembro de la Junta Directiva de Impulso Ciudadano, Enrique Abad Fernández, contra el acuerdo del Pleno de aquel Ayuntamiento que desestimó la moción en la que el citado concejal solicitaba que se diera cumplimiento a la Ley de Banderas a fin de que la bandera de España figurara en la fachada del edificio y en un lugar preferente en el ayuntamiento. En la actualidad, en el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar sólo ondean las banderas de Cataluña y de la localidad (por cierto, esta última todavía sin legalizar), y la bandera de España sólo está presente en el despacho del alcalde, espacio que la sentencia califica de semiprivado. La sentencia anula el acuerdo municipal por considerarlo contrario a la Ley de Banderas y califica de sorprendentes los argumentos del ayuntamiento que llegó a calificar  la conducta del Sr. Enrique Abad como contraria a la convivencia ciudadana. Igualmente llama la atención al juzgador, la defensa municipal que justificó la negativa del consistorio a exhibir la bandera de España  en  la soberanía del pleno, en que esta práctica es frecuente en otros ayuntamientos y en que la Delegación del Gobierno la consiente. Tras citar los preceptos infringidos por el ayuntamiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, reguladora del uso de las banderas, advierte que la Ley ha querido sustraer esta materia del ámbito de la política y que mientras la citada Ley no sea modificada por los conductos constitucionales de rigor debe cumplirse. El magistrado ampara su decisión en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 9 de junio de 2006  que anuló, a instancia de la Delegación del Gobierno en Cataluña, el acuerdo municipal del Ayuntamiento de Manresa que decidió “situar únicamente las banderas de Cataluña y Manresa presidiendo la fachada del ayuntamiento como símbolos de identidad colectiva”. Recuerda el magistrado que la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2010 ordenó que la bandera de España ondee  de forma permanente en las fachadas de las dependencias oficiales como símbolo de que estos edificios o establecimientos son lugares donde se ejerce directa, o delegadamente, la soberanía  y que en ellos se desarrolla la función pública en toda su amplitud e integridad. IMPULSO CIUDADANO que

1 de enero de 2010

El triunfo de la legalidad sobre la radicalidad

  LA BANDERA DE ESPAÑA YA ONDEA EN SANT POL DE MAR IMPULSO CIUDADANO considera un triunfo de la legalidad el hecho de que la bandera de España ondee con normalidad en la fachada del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar  y haya sido instalada en lugar destacado en el salón de plenos. A pesar de la voluntad obstruccionista del consistorio y de la colaboración de colectivos fanatizados que han tratado de sacar rendimiento a la insumisión constitucional, ha prevalecido el respecto a la Ley de Banderas y al Estatuto de Autonomía de Cataluña y ahora comparten espacio en el municipio de Sant Pol de Mar la bandera nacional y la autonómica. Hoy más que nunca es necesario recordar a todos los consistorios, colegios públicos e institutos, dependencias autonómicas en general, que las leyes están para cumplirlas y que no existe motivo para recelar de una norma, como la Ley de Banderas. Su verdadero sentido ha sido magníficamente glosado en  las sentencias  del Tribunal Supremo de 24 de julio de 2007, 25 de noviembre de 2008 y 12 de mayo de 2009,  que han proclamado  que: “La expresión "deberá ondear",  que utiliza el legislador, formulada en imperativo categórico viene a poner de relieve la exigencia legal de que la Bandera de España ondee todos los días y en los lugares que expresa, como símbolo de que los edificios o establecimientos de las Administraciones Públicas (…) son lugares en donde se ejerce directa, o delegadamente, la soberanía y en ellos se desarrolla la función pública en toda su amplitud e integridad, sea del orden que fuere, de acuerdo con los valores, principios ,derechos y deberes constitucionales que la propia bandera representa, junto con la unidad, independencia y soberanía e integridad del Estado Español.” La actitud decidida y responsable del ENRIQUE ABAD, ex concejal de aquel consistorio, la colaboración y asistencia de IMPULSO CIUDADANO, cuyos servicios jurídicos  ayer mismo instaron la ejecución forzosa de la sentencia ante el Juzgado, y la novedosa posición de firmeza y determinación de la Delegada del Gobierno en Cataluña, MARÍA DE LOS LLANOS DE LUNA, han contribuido, sin duda, a que acatamiento de la sentencia y, en definitiva,  el respeto a la ley haya sido la única salida que ha tenido la alcaldesa y el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar, dejando claro que  en el Estado de derecho, las normas prevalecen sobre la barbarie.   En Barcelona, a 21 de febrero de 2012  Ejecución sentencia  

1 de enero de 2010

Impulso Ciudadano denunciará al Consistorio de Barcelona por desacato

20 ABR 2012 | ÁNGEL LEÓN. BARCELONA publicado en  Intereconomía     Acusará al Ayuntamiento de prevaricación y desacato si no cumple las resoluciones judiciales. El Tribunal de Justicia de Cataluña fallará el 4 de mayo sobre los recursos contra el reglamento linguïstico.  La plataforma Impulso Ciudadano actuará contra el Ayuntamiento de Barcelona siincumple la resolución del Tribunal Supremo (TS) que desestima el recurso presentado por el consistorio contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en el que suspendió cautelarmente siete artículos del Reglamento de Uso de la Lengua Catalana, recurrido en 2010 ante la máxima instancia judicial catalana por el Partido Popular (PP) e Impulso Ciudadano. El presidente de esta entidad, José Domingo, en declaraciones a Radio Intereconomía en Barcelona, ha calificado de “escandalosa” la actitud del ayuntamiento de la Ciudad Condal, que ya ha anunciado que no acatará la decisión del Supremo conocida esta semana, mientras espera que el TSJC se pronuncie sobre el fondo del asunto en una sentencia que se dictará el próximo 4 de mayo. Según el portavoz del consistorio barcelonés, Joaquim Forn, el reglamento municipal se ajusta al Estatuto de Autonomía y a la Ley de Política Lingüística de 1998. A juicio del presidente de Impulso Ciudadano, “no acatar las resoluciones judiciales es el mayor descrédito para una administración pública”. José Domingo ha avanzado que su entidad “denunciará al Ayuntamiento de Barcelona por desacato y prevaricación si no cumple la última resolución del Tribunal Supremo y la próxima sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña”, que decidirá sobre los recursos interpuestos por el PP e Impulso Ciudadano. Como medida cautelar el TSJC acordó suspender siete artículos del reglamento lingüístico del consistorio -normativa que regula la lengua utilizada tanto en las relaciones internas del personal del ayuntamiento, como las comunicaciones externas con los ciudadanos-. Los puntos que quedaron en suspenso se refieren a la obligatoriedad de que las actuaciones internas del ayuntamiento se hagan en catalán; al artículo que establece que las actas de las sesiones plenarias se redacten únicamente en catalán y el epígrafe que dispone que en las comunicaciones orales con los administrados el personal municipal debe emplear la lengua catalana, excepto cuando el ciudadano pida ser atendido en español. También han quedado suspendidos los artículos referidos a la rotulación exclusivamente en catalán y, en idéntico sentido, el relativo a los impresos, sellos de goma y expedición de documentos. Tras la suspensión cautelar de estos artículos, el Ayuntamiento de

1 de enero de 2010

Si el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar no pone la bandera de España se solicitará la ejecución provisional de la sentencia

La noticia de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Barcelona ordenando la colocación de la bandera de España en el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar ha tenido un amplio eco en la prensa nacional y local como se pone de manifiesto en los enlaces que acompañamos a continuación: http://www.larazon.es/noticia/9095-la-justicia-obliga-a-sant-pol-a-izar-la-bandera-de-espana http://www.abc.es/20120125/local-cataluna/abci-juez-ordena-ayuntamiento-sant-201201251354.html#disqus_thread http://www.vozbcn.com/2012/01/25/100325/san-pol-ordena-banderas/ http://www.europapress.es/catalunya/noticia-justicia-obliga-sant-pol-mar-izar-bandera-espanola-fachada-20120125175715.html http://www.lavanguardia.com/noticias/20120125/54245861969/sant-pol-bandera-espanola-ayuntamiento-sentencia.html http://www.naciodigital.cat/noticia/39124/penjar/bandera/espanyola/fins/vinguin/obliguin http://www.elpuntavui.cat/noticia/article/3-politica/17-politica/499569-un-jutge-obliga-sant-pol-a-posar-la-bandera-espanyola.html http://www.elmundo.es/elmundo/2012/01/25/barcelona/1327512312.html Al parecer la alcaldesa de CiU, Montserrat Garrido, se resiste a ejecutar la sentencia y hace gracietas sobre el tamaño que ha de tener la bandera y donde la colocará. Impulso Ciudadano anuncia que continuará dando apoyo a Enrique Abad, exconcejal del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar, y solicitará la ejecución provisional de la sentencia en el caso que sea recurrida y la reducción de los plazos de ejecución cuando alcance firmeza. Ello, con indepedencia de que soliciten la adopción de las oportunas medidas penales contra el equipo de gobierno del Ayuntamiento.  

1 de enero de 2010

El Ayuntamiento de Barcelona no cumplirá la sentencia del TSJC

A pesar del fallo, Impulso Ciudadano teme que el Consistorio no cambie el protocolo lingüístico. Su presidente, José Domingo, reitera la intención de presentar denuncia por desacato. El presidente del movimiento cívico Impulso Ciudadano, el ex-diputado autonómico José Domingo, cree que el Consistorio de Barcelona no cumplirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) -conocida este jueves- que anula algunos artículos del Reglamento de Uso de la Lengua Catalana de esa corporación local, resolviendo así el recurso presentado por el Partido Popular (PP). Domingo, en declaraciones a Radio Intereconomía en Cataluña, ha valorado positivamente la resolución judicial, que reconoce el derecho de los ciudadanos a comunicarse en español con el Ayuntamiento barcelonés. El presidente de Impulso Ciudadano ha recordado que su asociación está a la espera de que el mismo TSJC resuelva el recurso que, en términos muy similares al del PP, presentó en 2010. Sin embargo, a tenor de las últimas declaraciones a TVE en Cataluña del Alcalde de Barcelona, Xavier Trias, en las que ha dejado claro que sólo se dirigirán en español a quienes lo pidan expresamente, José Domingo ha advertido del más que seguro incumplimiento de la sentencia. En la entrevista televisiva, Trias ha dicho que “lo que no hacemos es cosas que querrían algunos, que no hacemos y no haremos, y es toda la información darla en bilingüe. No tiene sentido, estamos en Cataluña, estamos en Barcelona, que es la capital de Cataluña y de la catalanidad”. Si esto se lleva a efecto, el presidente de Impulso Ciudadano ha confirmado sus palabras de hace algo más de un mes en Radio Intereconomía anunciando que denunciaría por desacato al Ayuntamiento de la Ciudad Condal si no cumplía la próxima sentencia del TSJC, que presumiblemente se orientará en idéntico sentido al de la resolución del recurso presentado por el PP garantizando el derecho de los ciudadanos a comunicarse en castellano con la corporación municipal. El Tribunal Supremo (TS) avaló el pasado mes de abril la decisión de la más alta instancia judicial de Cataluña de suspender cautelarmente –en tanto no se fallara sobre el fondo del asunto- siete artículos del reglamento lingüístico de Barcelona, al establecer el Alto Tribunal que “si no se adoptaba la medida cautelar de suspensión, la aplicación de la disposición general a lo largo de la posible duración del proceso podía hacer perder su finalidad legítima al recurso”, ya que no quedaban garantizados los derechos