La Plataforma “Cataluña, tal cual” ha hecho llegar hoy al Ministro de Educación, Cultura y Deporte esta carta, en la que expresa su apoyo a la intención del Ministerio de reformar el modelo educativo catalán a fin de acabar con las prácticas destinadas a inculcar en los niños la idea de que Cataluña y España son dos realidades diferentes e incluso antagónicas. En la misiva se denuncia la existencia de un plan diseñado por los sucesivos gobiernos de la Generalitat -a través de la inmersión lingüística forzosa en catalán y la tergiversación de la historia, de la geografía y de la cultura- que pretende hacer de las escuelas un instrumento para "desespañolizar" a los alumnos. La Plataforma coincide con el Ministerio en el objetivo de conseguir que la escuela catalana transmita valores democráticos y respetuosos con la pluralidad española y, en especial, con la propia diversidad catalana, y requiere al Ministro para que demuestre con la acción legislativa y ejecutiva que es posible reconducir una situación, como la actual, que favorece la creación de una escuela al servicio del adoctrinamiento nacionalista. En esta línea, reclama del Ministro que la reforma educativa que está impulsando se base en el respeto al derecho a ser educado en Cataluña, tanto en su sistema escolar público como en el concertado, en las lenguas oficiales; en la elaboración de contenidos curriculares que faciliten y potencien el entendimiento entre todos los españoles; y en el reforzamiento de la alta inspección del Estado en Cataluña. La Plataforma “Cataluña, tal cual” está promovida por la Asociación por la Tolerancia, Ágora Socialista, Impulso Ciudadano, Foro España, Hoy, Plataforma Hispanoamericana en Cataluña, Asociación para la Igualdad de las lenguas Oficiales.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Barcelona ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el concejal no adscrito del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y miembro de la Junta Directiva de Impulso Ciudadano, Enrique Abad Fernández, contra el acuerdo del Pleno de aquel Ayuntamiento que desestimó la moción en la que el citado concejal solicitaba que se diera cumplimiento a la Ley de Banderas a fin de que la bandera de España figurara en la fachada del edificio y en un lugar preferente en el ayuntamiento. En la actualidad, en el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar sólo ondean las banderas de Cataluña y de la localidad (por cierto, esta última todavía sin legalizar), y la bandera de España sólo está presente en el despacho del alcalde, espacio que la sentencia califica de semiprivado. La sentencia anula el acuerdo municipal por considerarlo contrario a la Ley de Banderas y califica de sorprendentes los argumentos del ayuntamiento que llegó a calificar la conducta del Sr. Enrique Abad como contraria a la convivencia ciudadana. Igualmente llama la atención al juzgador, la defensa municipal que justificó la negativa del consistorio a exhibir la bandera de España en la soberanía del pleno, en que esta práctica es frecuente en otros ayuntamientos y en que la Delegación del Gobierno la consiente. Tras citar los preceptos infringidos por el ayuntamiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, reguladora del uso de las banderas, advierte que la Ley ha querido sustraer esta materia del ámbito de la política y que mientras la citada Ley no sea modificada por los conductos constitucionales de rigor debe cumplirse. El magistrado ampara su decisión en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 9 de junio de 2006 que anuló, a instancia de la Delegación del Gobierno en Cataluña, el acuerdo municipal del Ayuntamiento de Manresa que decidió “situar únicamente las banderas de Cataluña y Manresa presidiendo la fachada del ayuntamiento como símbolos de identidad colectiva”. Recuerda el magistrado que la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2010 ordenó que la bandera de España ondee de forma permanente en las fachadas de las dependencias oficiales como símbolo de que estos edificios o establecimientos son lugares donde se ejerce directa, o delegadamente, la soberanía y que en ellos se desarrolla la función pública en toda su amplitud e integridad. IMPULSO CIUDADANO que
La asociación IMPULSO CIUDADANO, a raíz de la información que le ha sido facilitada por diversos vecinos ha solicitado al Departamento de Interior que cumpla las leyes y ordene colocar con carácter permanente las banderas de España y de Cataluña en las dependencias policiales, en especial en la fachada de la Comisaria de la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra de la población de Cornellà de Llobregat. En un escrito de la asociación, dirigido al Conseller, le recuerda que el artículo 3.1 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, sobre el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, especifica que: "La Bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado". Por su parte, el artículo 8.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña establece que la bandera de Cataluña ha de estar presente en los edificios públicos y en los actos oficiales que tengan lugar en Cataluña. En la comunicación, Impulso Ciudadano le ha recordado al Conseller de Interior, las palabras que pronunció el 13 de diciembre de 2011, con motivo del Día Internacional de la persona migrante: “El éxito de la diversidad pasa por saber construir y defender unos principios comunes indiscutibles: todo el mundo debe cumplir la ley, sin excepciones morales ni religiosas, y la Policía debe garantizar los derechos de todos sin discriminaciones” Por ello, ha lamentado que estas declaraciones no se vean reflejadas en la práctica, puesto que su Departamento no es ejemplar en el cumplimiento de las leyes, dado que sistemáticamente las incumple, por ejemplo, en materia de banderas en las dependencias policiales y en los parques de bomberos. En esta línea, la asociación ha advertido que la no utilización de las banderas de España y de Cataluña en los edificios autonómicos causa un perjuicio irremediable a los valores simbólicos que las mismas representan.
LA BANDERA DE ESPAÑA YA ONDEA EN SANT POL DE MAR IMPULSO CIUDADANO considera un triunfo de la legalidad el hecho de que la bandera de España ondee con normalidad en la fachada del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y haya sido instalada en lugar destacado en el salón de plenos. A pesar de la voluntad obstruccionista del consistorio y de la colaboración de colectivos fanatizados que han tratado de sacar rendimiento a la insumisión constitucional, ha prevalecido el respecto a la Ley de Banderas y al Estatuto de Autonomía de Cataluña y ahora comparten espacio en el municipio de Sant Pol de Mar la bandera nacional y la autonómica. Hoy más que nunca es necesario recordar a todos los consistorios, colegios públicos e institutos, dependencias autonómicas en general, que las leyes están para cumplirlas y que no existe motivo para recelar de una norma, como la Ley de Banderas. Su verdadero sentido ha sido magníficamente glosado en las sentencias del Tribunal Supremo de 24 de julio de 2007, 25 de noviembre de 2008 y 12 de mayo de 2009, que han proclamado que: “La expresión "deberá ondear", que utiliza el legislador, formulada en imperativo categórico viene a poner de relieve la exigencia legal de que la Bandera de España ondee todos los días y en los lugares que expresa, como símbolo de que los edificios o establecimientos de las Administraciones Públicas (…) son lugares en donde se ejerce directa, o delegadamente, la soberanía y en ellos se desarrolla la función pública en toda su amplitud e integridad, sea del orden que fuere, de acuerdo con los valores, principios ,derechos y deberes constitucionales que la propia bandera representa, junto con la unidad, independencia y soberanía e integridad del Estado Español.” La actitud decidida y responsable del ENRIQUE ABAD, ex concejal de aquel consistorio, la colaboración y asistencia de IMPULSO CIUDADANO, cuyos servicios jurídicos ayer mismo instaron la ejecución forzosa de la sentencia ante el Juzgado, y la novedosa posición de firmeza y determinación de la Delegada del Gobierno en Cataluña, MARÍA DE LOS LLANOS DE LUNA, han contribuido, sin duda, a que acatamiento de la sentencia y, en definitiva, el respeto a la ley haya sido la única salida que ha tenido la alcaldesa y el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar, dejando claro que en el Estado de derecho, las normas prevalecen sobre la barbarie. En Barcelona, a 21 de febrero de 2012 Ejecución sentencia
La declaraciones de la Presidenta de Omnium Cultural, Muriel Casals, en el programa de “Els Matins de TV3” en las que ha calificado como maltratadores a los padres que demandan la educación también en castellano para sus hijos en el sistema educativo catalán son intolerables y, a nuestro juicio, fomentadoras del odio. Desde Impulso Ciudadano, se recuerda que la educación en la lengua materna es un derecho proclamado por las Naciones Unidas y que, los padres que solicitan la enseñanza bilingüe ejercitan el derecho previsto en la normativa vigente y que ha sido reconocido en sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo que han declarado que la escolarización obligatoria en Cataluña debe tener como lenguas vehiculares tanto al castellano como al catalán. Vista la gravedad de estas manifestaciones, Impulso Ciudadano anuncia que interpondrá una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Barcelona por las declaraciones de la Presidenta de Omnium Cultural por entender que las mismas constituyen un delito de provocación al odio y a la discriminación tipificado en el artículo 510 del Código Penal. La presidenta de esta Entidad que, últimamente había declarado que “para tirar hacia adelante hay que violentar un poco” ha sobrepasado todos los límites calificando como maltratadores a padres que únicamente velan por la educación de sus hijos. Asimismo, la asociación Impulso Ciudadano dará traslado de sus declaraciones a la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, sucesora del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, para que valore la consideración y trato que determinadas instituciones nacionalistas dan a los padres castellanohablantes. En Barcelona, a ocho de julio de dos mil once.
El actual proyecto de ley es incompatible con la doctrina del TC y discrimina a los alumnos castellanohablantes Las entidades por la libertad de elección de lengua en España presentan enmiendas a la LOMCE Madrid, 13/3/2013 Representantes de seis entidades por la libertad lingüística en Comunidades Autónomas bilingües: Asociación por la Tolerancia (Cataluña), Círculo Cívico Valenciano, (Comunidad Valenciana), Fundación Nacional Círculo Balear (Baleares), Galicia Bilingüe (Galicia), Impulso Ciudadano (Cataluña) y Plataforma por la Libertad de Elección de Lengua (País Vasco), hemos presentado conjuntamente esta mañana en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, enmiendas al anteproyecto de la LOMCE. De acuerdo con nuestro criterio, el anteproyecto de ley es incompatible con la doctrina del TC porque no garantiza los derechos lingüísticos de todos los alumnos al dar preferencia de trato a la educación en las lenguas cooficiales distintas del castellano, y relegar a una situación secundaria a los miembros de las comunidades lingüísticas castellanohablantes en los territorios con cooficialidad lingüística. Efectivamente, el anteproyecto prevé dos vías 1) Posibilidad de recibir todas las materias no lingüísticas en la lengua oficial diferente del castellano, para los alumnos cuyos padres así lo deseen. 2) Posibilidad de recibir la enseñanza utilizando como vehiculares ambas lenguas oficiales, aunque este reparto quedará a criterio de lo que decida cada Comunidad Autónoma. Es decir, no se establece ninguna cautela para impedir que la enseñanza en castellano, la otra lengua oficial, sea una mera apariencia. En suma, la propuesta del Gobierno es elegir entre estudiar todo en lengua autonómica o casi todo en lengua autonómica. Aunque valoramos positivamente que la ley prevea para todas las CCAA con lengua cooficial la puesta en marcha de más de una línea de enseñanza, lamentamos que no se garantice la posibilidad de que los alumnos sean educados en español, siendo así que es competencia del Gobierno español asegurar a todos los ciudadanos la enseñanza en la lengua común. El TC ha declarado constitucional tanto el sistema de libre elección de lengua vehicular como el de conjunción lingüística (o sea, presencia de ambas lenguas como vehiculares). Lo que no ha avalado es un sistema de enseñanza exclusivamente en la lengua autonómica, si no se ofrece paralelamente la posibilidad de hacerlo exclusivamente en castellano. Por ello, proponemos un sistema de tres vías, sin cortapisas, con un régimen que garantice el cumplimiento de la Ley y con un reforzamiento de la Alta Inspección del Estado. También abogamos porque los centros educativos no sean