El TSJC pone fin al modelo de inmersión lingüística obligatoria en catalán

El auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 28 de julio de 2011, adoptado por unanimidad de todos los magistrados, considera que el actual modelo educativo catalán, sustentado en la consideración del catalán como única lengua vehicular, no da cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional que obligan a considerar al castellano y al castellano como lenguas vehiculares de enseñanza. Por lo tanto, la pretensión del Gobierno de la Generalitat de mantener el modelo de inmersión lingüística obligatoria es inviable por inconstitucional y tiene ya fecha de caducidad, dos meses a partir de la notificación del citado auto a las autoridades educativas. Impulso Ciudadano quiere felicitar a las personas y asociaciones que, con su perseverancia, van a hacer posible que Cataluña cuente con un modelo educativo más flexible, pedagógicamente más idóneo y más respetuoso con su realidad social. Las sentencias del Tribunal Supremo, en sí, ni benefician ni perjudican a los idiomas oficiales, sino que obligan a adaptar el sistema de enseñanza a un modelo de conjunción lingüística que garantiza los derechos de los alumnos a ser escolarizados en los dos idiomas oficiales. Una sociedad bilingüe ha de contar con una educación, al menos, bilingüe o que facilite la libertad de opción lingüística. Impulso Ciudadano remitió una carta al Presidente de la Generalitat y a la Consejera de Educación el 28 de enero de 2011 en la que les recordaba que el artículo 118 de la Constitución dispone que es obligatorio cumplir las sentencias y resoluciones firmes de los Jueces y de los Tribunales por lo que no cabe ignorar o desvirtuar, alterando su fallo y fundamentos jurídicos, las decisiones de los Tribunales. Lamentablemente, el Gobierno de la Generalitat ha ignorado intencionadamente las sentencias y se ha encastillado en incumplirlas. El auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña refuerza el Estado de Derecho y pone de manifiesto que la Generalitat estaba actuando en falso. El Gobierno de la Generalitat no puede actuar como un régimen calvinista ortodoxo y convertirse en el único intérprete de la ley educativa, su poder no está por encima de los Tribunales. La Generalitat lleva incumpliendo las normas de forma deliberada durante muchos años. Dos meses es un plazo más que suficiente para adoptar las medidas necesarias para que el catalán y el castellano sean, de verdad y sin trampas,  lenguas vehiculares de enseñanza. Para ello, tal como se le sugirió por esta Asociación, debe

  • aprobar las normas adecuadas para garantizar que las lenguas vehiculares de enseñanza y de la Administración educativa y de relación entre los padres, alumnos y centros sean el catalán y el castellano;
  • dar instrucciones a los centros docentes para que alteran sus planes educativos al objeto de que  los proyectos lingüísticos se basen en la consideración del catalán y del castellano como lenguas vehiculares;
  • modificar los conciertos suscritos por la Administración educativa catalana con los centros privados para que incorporen una cláusula que establezca que tanto el catalán como el castellano han de ser lenguas vehiculares;
  • modificar el Decreto de Dirección de Centros educativos para asegurar que los directores de centros públicos velen por que el catalán y el castellano sean las lenguas vehiculares de la enseñanza y de la administración.

El incumplimiento de las resoluciones de los Tribunales tiene un alto coste. De hecho, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña da un plazo máximo  de dos meses a la Generalitat para adaptar el sistema de enseñanza al modelo constitucional y le advierte que si no lo hace incurrirá en la responsabilidad del artículo 112 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que prevé multas a las autoridades y funcionarios incumplidores y deja, además, abierta la vía penal contra los mismos por posibles delitos de prevaricación y desobediencia.