La plataforma Escuela de Todos/Escola de Tothom, de la que forma parte Impulso Ciudadano, ha emitido un comunicado en el que denuncia las presiones del Gobierno catalán a los docentes para que no acaten la sentencia que pone fin a la inmersión y también las presiones a las personas y entidades que reclaman la ejecución de esa sentencia. El comunicado incide en la vulneración de derechos que implica la aprobación de comunicados políticos contrarios a la ley por parte de claustros y consejos escolares de los que, además, forman parte menores.
1.- Las amenazas del Gobierno de la Generalitat no limitarán nuestra voluntad de denunciar la vulneración de los derechos fundamentales
Según comunicado de prensa remitido el 4 de enero de 2022, el Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha aprobado un acuerdo destinado a la defensa del catalán, de la escuela catalana, de toda la comunidad educativa y de la cohesión social de Cataluña. Según la nota informativa, plagada de palabrería y de apelaciones épicas, el Gobierno catalán trasladaba la responsabilidad del incumplimiento de las normas y de las resoluciones judiciales a los empleados públicos a los que el Gobierno pretende garantizarles su seguridad jurídica con la apelación al principio de indemnidad. Al mismo tiempo, aprovecha el comunicado para advertir de que exigirá responsabilidades de todo tipo (políticas, penales, administrativas o de “otra naturaleza”) a las personas o entidades que ellos consideren que atacan a otras personas o colectivos por la defensa y el uso del catalán.
Es desolador que el Gobierno catalán trate de amparar a los desobedientes y vierta amenazas de represalias sobre los que denuncien las irregularidades. Dicho lo anterior, no nos arredramos y por ello consideramos conveniente advertir sobre las graves disfunciones democráticas que se aprecian en el funcionamiento del propio Gobierno de la Generalitat y en el caso que ahora nos ocupa, de los órganos de algunos centros educativos catalanes.
2.- Mociones ilegales en los claustros y en los consejos escolares de los centros educativos
En las últimas semanas, varios claustros y consejos escolares de centros educativos de Cataluña han adoptado mociones críticas con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 16 de diciembre de 2020 que establece la necesidad de que todos los alumnos catalanes reciban un mínimo de un 25% de la enseñanza en castellano. En algunas de esas mociones se acuerda de manera expresa desobedecer la mencionada sentencia y mantener los proyectos lingüísticos de centro que excluyen el español como lengua de aprendizaje.
El debate y aprobación de estos manifiestos en los claustros y consejos escolares no solamente es ilegal, sino que supone la quiebra de principios democráticos básicos y supone la instrumentalización de la administración pública, una inadmisible presión sobre los profesionales de la enseñanza y la utilización política de los menores.
3.- La quiebra de los principios democráticos básicos: el incumplimiento de las resoluciones judiciales
Estos manifiestos son ilegales y suponen la quiebra de principios democráticos básicos en tanto en cuanto declaren que no se obedecerán las sentencias judiciales; sentencias judiciales que, además, lo que hacen es declarar que el régimen relativo a los idiomas que se aplica en la escuela no es compatible con la Constitución y supone una vulneración de los derechos lingüísticos de los alumnos.
Una administración pública, como son los centros educativos dependientes de la Generalitat, no puede actuar al margen o en contra de lo que establece la Constitución, no puede desobedecer o animar a la desobediencia de las decisiones judiciales o las leyes; lo que no implica, por supuesto, que las personas que forman parte de los órganos administrativos no puedan tener, a título individual, opiniones discrepantes de las decisiones judiciales, opiniones que pueden expresar con toda libertad, pero sin comprometer la posición de la administración como tal. Es por esto que ninguna declaración ni del claustro ni del consejo escolar puede deslegitimar decisiones judiciales, animar a su desobediencia o dar por bueno el incumplimiento de la Constitución o de las leyes.
4.- El derecho de los empleados públicos a no manifestar su ideología política en el marco laboral
En el caso de los manifiestos aprobados por los claustros de profesores de los centros educativos nos encontramos, además, con que se está obligando a los trabajadores públicos a pronunciarse públicamente sobre un tema de carácter político en el que hay una toma de partido clara por parte de las autoridades que dirigen la administración en la que desempeñan sus funciones las personas llamadas a debatir y votar los mencionados manifiestos.
Los profesores no han de verse obligados a manifestar su ideología en el marco laboral, y menos aún en reuniones en las que están presentes sus jefes directos (equipo directivo de los centros) y en las que pueden participar también miembros de la inspección educativa. El debate y votación de los manifiestos es, por tanto, una vulneración del derecho a la libertad ideológica, que incluye el de no manifestar ésta más que cuando así lo desea el individuo (art. 16.2 de la Constitución). Los profesores ya han visto conculcado ese derecho cuando han tenido que pronunciarse sobre una cuestión, el acatamiento a las sentencias judiciales, que no es legítimo que sea objeto de tratamiento en el ámbito laboral, en el que se incardinan los claustros de los centros educativos.
Además, no puede ignorarse que el código deontológico de la profesión docente, además de vincularles con los alumnos, familias y compañeros, también obliga a los profesionales de la enseñanza a asumir y cumplir los deberes de ciudadanía, actuando con lealtad a la sociedad y a las instituciones en el marco de la Constitución española y la normativa vigente.
5.- Participación obligatoria de los menores en el debate político promovido por el Gobierno de la Generalitat y los grupos políticos
Es aún más grave, sin embargo, el planteamiento y debate de estos manifiestos en los consejos escolares. Además de estar integrados por miembros del equipo directivo, representantes de los ayuntamientos y de las familias y profesores; en los consejos escolares de los centros de educación secundaria también se integran alumnos (art. 2.5 del Decreto 317/2004, de 22 de junio, por el que se regulan la constitución y composición del consejo escolar, la selección del director o directora y el nombramiento y cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos), pudiendo participar, incluso, alumnos que cursen primero o segundo de ESO, y sin que se descarte la participación con voz y sin voto de alumnos de tercer ciclo en los colegios de educación infantil y primaria; esto es, niños de entre 10 y 12 años.
Los manifiestos que critican la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 16 de diciembre de 2020 o animan directamente a desobedecerla tienen un contenido claramente político y resulta de todo punto inapropiado que sean debatidos en órganos en los que participan alumnos menores de edad, en algunos casos, como vemos, de no más de 10 años de edad. Introducir a los niños en el contexto escolar en un debate político promovido por las autoridades públicas de las que depende el sistema educativo no puede ser calificado más que como adoctrinamiento y debería ser rechazado de manera directa y contundente.
6.- Conclusiones
Es por lo anterior que pedimos que cese de inmediato el debate y votación de manifiestos de carácter político en los claustros y consejos escolares de Cataluña, que las autoridades educativas den cuenta de cuáles han sido las circunstancias que explican que se haya procedido a los debates y votaciones ya producidos, que la Alta Inspección Educativa abra una investigación sobre esta inadmisible instrumentalización de los centros educativos y que todas las autoridades implicadas tanto en la defensa de los trabajadores como de los menores adopten las medidas necesarias para poner fin a estas prácticas deleznables y para investigar las ya producidas.
Hacemos una llamada a la búsqueda leal de la recuperación de la convivencia en los centros educativos de Cataluña, una convivencia que no es posible fuera del respeto a la Constitución, a la ley y a las decisiones de los tribunales.
Este documento se hará llegar al Presidente del Gobierno, al Presidente de la Generalitat, a las Cortes Generales, al Parlamento de Cataluña, al Defensor del Pueblo, al Síndic de Greuges y a los Presidentes del Parlamento y de la Comisión Europea y a la Secretaria General del Consejo de Europa.
Barcelona, a 5 de enero de 2021