IMPULSO CIUDADANO presentará recurso contencioso-administrativo contra la convocatoria del Departamento de Justicia para la concesión de becas para la investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.
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Las bases de la convocatoria obligan a presentar los trabajos en catalán, lo que se considera discriminatorio por razón de lengua al vulnerarse el derecho de opción lingüística que consiste en la posibilidad de dirigirse a la Administración catalana en cualquiera de las tres lenguas oficiales.
El Diario Oficial de la Generalitat núm. 5727 ha publicado en el día de hoy, la Orden JUS/465/2010, de 23 de septiembre, de la Consejería de Justicia por la que se abre la convocatoria para la concesión de becas para la investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.
Las bases de la convocatoria obligan a presentar en catalán el proyecto de investigación o la parte delimitada de éste (base 5.4 e) y el ejemplar del trabajo, tanto en formato DINA4 como en soporte informático (base 13).
Asimismo, las bases prevén que puede acceder a este concurso en la modalidad A), individualmente o formando un equipo investigador, el personal de las diferentes administraciones públicas de Cataluña, sea cuál sea su vinculación, salvo el profesorado universitario y los profesionales de entidades públicas o privadas sin afán de lucro que colaboren con la Administración; y en la modalidad B), el profesorado universitario, los estudiantes universitarios de 3er. ciclo y los profesionales liberales vinculados al ámbito de la justicia que vivan, trabajen o estudien en el territorio de Cataluña.
A juicio de Impulso Ciudadano, los términos de la convocatoria se consideran contrarios a la Constitución, al Estatuto de Autonomía, a la Ley de Política Lingüística y a la Ley del aranés. Basta con recordar que el artículo 32 del vigente Estatuto de Autonomía dispone que todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razón de lengua y que los actos jurídicos hechos en cualquiera de las dos lenguas oficiales (castellano y catalán) tienen, por lo que hace a la lengua, validez y eficacia plenas. Asimismo, el artículo 33.1 del Estatuto de Autonomía dispone que los ciudadanos tienen el derecho a la opción lingüística y que en las relaciones con las Administraciones Públicas en Cataluña, todas las personas tienen derecho a utilizar la lengua oficial que elijan y este derecho obliga a las Administraciones Públicas. Además, se ha de tener en cuenta que el artículo 2.4 de la recientemente aprobada Ley del aranés dispone que el aranés, como lengua oficial de Cataluña, puede ser empleada por las personas físicas o jurídicas en actividades públicas sin que puedan sufrir ninguna discriminación por este motivo y que tienen derecho a utilizarla en las relaciones con las instituciones de la Generalitat.
Por lo tanto, se ha de considerar desproporcionada y no justificada la decisión de la Consejería de Justicia de obligar a la utilización del catalán en la presentación de los trabajos. Los términos de la convocatoria vulneran el derecho de los concursantes a utilizar cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña que, como es sabido, a partir de la entrada en vigor de la Ley del aranés serán tres: catalán, castellano y aranés.
El Gobierno catalán fomenta la discriminación lingüística y vulnera los derechos lingüísticos de los catalanes y se sitúa, una vez más, al margen del contenido de la sentencia del Tribunal Constitucional que ha establecido que no cabe preferencia a favor de ninguna lengua oficial y que las lenguas oficiales deben ser utilizadas con normalidad por y ante la Administración autonómica.
Por todo ello, Impulso Ciudadano solicita que se corrijan las bases de la convocatoria del Departamento de Justicia en el sentido de reconocer expresamente el derecho de los interesados en acceder a las becas a presentar los proyectos y los trabajos en cualquiera de las tres lenguas oficiales de Cataluña, esto es, en catalán, castellano y aranés.
Cautelarmente, se procederá a interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la citada Orden y a solicitar la suspensión de la misma por el perjuicio irreparable al derecho de los concursantes.
En Barcelona, a cuatro de octubre de dos mil diez.