Ante las reacciones de las fuerzas políticas catalanas y del propio Departamento de Educación en relación con las sentencias del Tribunal Supremo que obligan a la Administración educativa catalana a considerar lenguas vehiculares al castellano y el catalán, IMPULSO CIUDADANO CONSIDERA:
PRIMERO.- Que los grupos parlamentarios y la Administración educativa han de asumir con normalidad que es una riqueza que la sociedad catalana sea bilingüe y que esta riqueza se ha de proyectar igualmente en la educación, siendo positivo el hecho de que la educación en Cataluña sea impartida con normalidad en las dos lenguas oficiales, el castellano y el catalán. Lo negativo es que en una sociedad bilingüe sólo sea considerada lengua vehicular una de las dos de forma obligatoria.
SEGUNDO.- Que a la vista de las reacciones políticas no resulta ocioso recordar el contenido del artículo 118 de la Constitución española que dispone que: “Es obligatorio cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales”. El incumplimiento de las sentencias por parte de las Administraciones es delito, por lo que el Departamento de Enseñanza no debe ignorar, a partir de ahora, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, basada en la doctrina del Tribunal Constitucional que dispone que castellano y catalán han de ser lenguas vehiculares en la enseñanza en Cataluña.
TERCERO.- Que hay que dar por finiquitado el modelo de inmersión lingüística obligatoria y asumir el derecho a decidir en la escuela, de manera que se respete la voluntad de aquellos padres que defienden un sistema que garantice la presencia equilibrada de las dos lenguas oficiales en la enseñanza.
CUARTA.- Es una muestra de cinismo afirmar que el modelo de inmersión obligatoria garantiza mejor la enseñanza que el modelo bilingüe de conjunción lingüística. Es evidente que el actual modelo catalán responde a criterios políticos nacionalistas, pero no a razones pedagógicas.
QUINTA.- Por ello, el primer cambio que origina la jurisprudencia del Tribunal Supremo es que la Administración debe posibilitar en todos los ciclos educativos un sistema que evite que el catalán se convierta en la única lengua vehicular obligatoria. Ello debe tener su traducción inmediata en:
a) Que la programación del Departamento de Enseñanza ha de contemplar en su normativa que las lenguas vehiculares de enseñanza y de la Administración educativa y de relación entre los padres, alumnos y centros son el catalán y el castellano;
b) Que en los conciertos que suscriba la Administración educativa catalana con los centros privados se incluya una cláusula que establezca que tanto el catalán como el castellano han de ser lenguas vehiculares;
c) La modificación del Decreto de Dirección de Centros educativos para asegurar que los directores de centros públicos velen porque el catalán y el castellano sean las lenguas vehiculares de enseñanza y de la administración.
SEXTO.- Las sentencias del Tribunal Supremo vienen a ratificar el criterio mayoritario de la sociedad catalana que, reiteradamente, en las encuestas de opinión se viene manifestando a favor de una escuela bilingüe. En esta misma línea, no puede ignorarse que el catalán está plenamente normalizado pues tiene un uso social cercano al 50% y lo entiende el 97% de la población, según las estadísticas de la propia CCAA. En consecuencia, ha de aplicarse lo dispuesto en las STS en el sentido de que ambas lenguas han de ser vehiculares, y lo que es más importante, ha de aplicarse la previsión de que sean vehiculares por igual.
SEPTIMO.- Impulso Ciudadano solicita que se acabe con la demagogia y la tergiversación. El catalán no se encuentra amenazado con un modelo bilingüe, por el contrario, lo que se refuerza es la enseñanza en los dos idiomas oficiales y ese es un motivo que ha se satisfacer a toda la sociedad catalana al asegurar que la escuela sea exponente de la realidad social que la envuelve.