La resolución concede al Ayuntamiento un mes para realizar las obras necesarias e instalar mástiles seguros y ordena retirar inmediatamente las esteladas colocadas en las farolas.


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha obligado al Ayuntamiento de Sant Sadurní d’Anoia a colocar la bandera de España en la fachada de la casa consistorial, en cumplimiento de la normativa reguladora del uso de las banderas oficiales.
La resolución judicial concede al Ayuntamiento el plazo de un mes para ejecutar las obras necesarias e instalar en la fachada mástiles que permitan el izado seguro y permanente de las banderas oficiales. La alegación de dificultades técnicas o de seguridad no puede servir para eludir indefinidamente una obligación legal que corresponde cumplir a todas las administraciones públicas.
Asimismo, la resolución se refiere a las banderas esteladas colocadas en las farolas del municipio y exige su retirada inmediata. Estos símbolos representan una determinada opción política y no pueden ocupar espacios públicos institucionales destinados al conjunto de los ciudadanos.
Impulso Ciudadano recuerda que la Ley 39/1981 establece que la bandera de España debe ondear en el exterior y ocupar un lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, autonómica, provincial o municipal.
La entidad considera especialmente relevante que la resolución no se limite a declarar la obligación del Ayuntamiento, sino que establezca medidas concretas y un plazo determinado para hacerla efectiva. Las administraciones no pueden neutralizar el cumplimiento de la ley mediante demoras, excusas técnicas o actuaciones meramente aparentes.
Impulso Ciudadano hace un llamamiento al Ayuntamiento de Sant Sadurní d’Anoia para que cumpla íntegramente la resolución judicial, retire de inmediato las esteladas y ejecute dentro del plazo establecido las obras necesarias para colocar las banderas oficiales en la fachada consistorial.
Impulso Ciudadano reclama también a todas las administraciones públicas una conducta fundada en la legalidad, la neutralidad institucional y la lealtad constitucional. Los edificios, las farolas y los espacios públicos pertenecen a todos los ciudadanos y no pueden utilizarse como soportes de propaganda partidista.
Cumplir la normativa sobre símbolos oficiales no es una cuestión ideológica ni una concesión política, sino una obligación elemental de cualquier Administración democrática. Pedimos lealtad institucional y respeto a unas normas que vinculan por igual a todos los poderes públicos.
En Barcelona, 16 de septiembre de 2026