Impulso Ciudadano, acusación particular en la segunda sentencia que condena a Torra por desobediencia

El Juzgado de lo Penal núm. 6 de Barcelona ha condenado al ex presidente de la Generalitat de Cataluña, Joaquim Torra i Pla, a la pena de ocho meses de multa a razón de 100 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria en caso de incumplimiento y a inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos así como para el ejercicio de funciones de gobierno por tiempo de quince meses. También ha condenado al abono de las costas del procedimiento incluidas la de la acusación particular.

La acusación particular ha sido ejercida por Impulso Ciudadano que fue la entidad que instó ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a que ordenara la retirada de la pancarta a favor de los denominados “presos políticos y exiliados” que había sido colocada fuera del período electoral en el Palau de la Generalitat cuando era presidente el Sr. Torra i Pla.

La magistrada reconoce el comportamiento desobediente del ex presidente de la Generalitat al incumplir la orden del TSJC de retirada de la pancarta en cuestión y por ello le condena. En la sentencia se desmontan los argumentos de la defensa que justificaba el incumplimiento de la orden judicial en que estaba amparado por la libertad de expresión. En los fundamentos de derecho de la sentencia se advierte que en este caso no se estaba juzgando la libertad de expresión, sino el incumplimiento del auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ordenaba la retirada de la pancarta. Además, amparada en la doctrina del Tribunal Constitucional, advierte sobre la utilización indebida de los edificios que forman parte del patrimonio público que no pueden ser empleados para colocar consignas partidistas.

Impulso Ciudadano expresa su satisfacción por el contenido de la sentencia y manifiesta que continuará defendiendo la neutralidad de las instituciones y denunciando el mal uso que algunas autoridades en el ejercicio de sus cargos hacen del patrimonio público que es de todos los ciudadanos, no solo de los que estén alineados con un determinado color político.

Acceso a la sentencia