28 de mayo de 2026

IMPULSO CIUDADANO VALORA POSITIVAMENTE QUE EL TSJ DE CATALUÑA CONFIRME LA OBLIGACIÓN DE EXHIBIR LA BANDERA DE ESPAÑA EN LOS ACTOS OFICIALES Y EN LOS ESPACIOS INSTITUCIONALES RELEVANTES DEL PALAU DE LA GENERALITAT

La entidad recurrirá la sentencia en casación para que el Tribunal Supremo clarifique el deber de presencia conjunta de la bandera de España y la bandera catalana en actos oficiales y en el interior de los edificios oficiales Impulso Ciudadano valora positivamente diversos aspectos relevantes de la sentencia de 24 de mayo de 2026 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el procedimiento promovido por la entidad en defensa de la presencia de la bandera de España en el interior del Palau de la Generalitat y en los actos oficiales organizados por la Presidencia de la Generalitat. Aunque la sentencia desestima el recurso al considerar insuficiente la prueba aportada por esta parte respecto de determinados hechos denunciados, la resolución contiene afirmaciones de gran relevancia jurídica e institucional que confirman el núcleo esencial de la tesis sostenida por Impulso Ciudadano. En particular, la sentencia reconoce expresamente que la bandera de España debe estar presente en el interior del Palacio y en los actos oficiales celebrados por la Generalitat, en cumplimiento del artículo 4.2 de la Constitución y de la Ley 39/1981, reguladora del uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas. Asimismo, la sentencia identifica como lugar institucional preferente del Palau de la Generalitat el espacio donde se reúne el Consejo de Gobierno de la Generalitat, al considerarlo la máxima expresión institucional del Ejecutivo autonómico. Esa afirmación resulta especialmente relevante porque implica que en dicho espacio debe exhibirse la bandera de España junto a la bandera de Cataluña, en condiciones de igualdad y conforme al ordenamiento constitucional vigente. Ante ello, Impulso Ciudadano reclama al presidente de la Generalitat que institucionalice sin más demora lo que la propia sentencia reconoce y proceda a colocar de forma permanente una bandera de España, de tamaño reglamentario y en lugar de honor, junto a la señera actualmente existente en la sala donde se celebran las reuniones del Gobierno de la Generalitat. En este sentido, Impulso Ciudadano entiende que la sentencia introduce un estándar probatorio excesivamente rígido respecto de hechos públicos y notorios, como son las comparecencias institucionales, ruedas de prensa y actos oficiales celebrados en dependencias del Palau de la Generalitat. La resolución tampoco resuelve de forma plena una de las cuestiones nucleares planteadas en la demanda: que la exhibición de la bandera de Cataluña en dependencias interiores y actos oficiales obliga jurídicamente

12 de mayo de 2026

El Tribunal Supremo admite a trámite tres recursos contra las transferencias al País Vasco de competencias en Seguridad Social

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite los tres recursos contencioso-administrativos interpuestos por la asociación Impulso Ciudadano contra las normas aprobadas por el Gobierno que transfieren al País Vasco la gestión de diversas prestaciones del sistema de Seguridad Social. Los Decretos y Órdenes Ministeriales de traspaso de competencias fueron publicadas en el BOE del 6 de marzo de 2026. Las resoluciones judiciales, dictadas el pasado 4 de mayo de 2026, acuerdan la tramitación de los recursos interpuestos frente a: La transferencia de la gestión de las prestaciones familiares no contributivas. La transferencia de la gestión de la protección por desempleo. La transferencia de la gestión del Seguro Escolar. Impugnación de gran alcance constitucional Impulso Ciudadano considera que las normas recurridas suponen una alteración profunda del modelo constitucional de Seguridad Social, al atribuir a la Comunidad Autónoma del País Vasco facultades prácticamente omnímodas de gestión sobre prestaciones esenciales del sistema público. A juicio de la asociación, las competencias residuales que conserva el Estado resultan insuficientes para garantizar la unidad del sistema y la igualdad de derechos y obligaciones de los beneficiarios, principios básicos de nuestro ordenamiento constitucional. Ruptura de la caja única y riesgo de desigualdad Uno de los elementos más controvertidos de las transferencias es su régimen financiero, basado en la aplicación del sistema foral y del cupo. La asociación valora negativamente que en las prestaciones familiares, el sistema introduce una sobrefinanciación vinculada al cálculo del cupo; en el ámbito del desempleo, aunque los pagos se canalizan formalmente a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, la falta de control efectivo sobre las decisiones autonómicas puede provocar un quebranto del principio de caja única; y en el Seguro Escolar, la transferencia altera el régimen de financiación y genera posibles desigualdades territoriales respecto a otros beneficiarios del sistema. Riesgo para la cohesión del sistema Las entidades firmantes de este comunicado consideran que estas transferencias no constituyen una mera reorganización administrativa, sino que suponen una cesión de funciones estructurales del sistema de Seguridad Social. En su conjunto, las medidas adoptadas pueden abrir la puerta a un proceso de fragmentación progresiva del sistema, incompatible con los principios de unidad, solidaridad e igualdad que lo sustentan. El Estado, con la cesión de estas competencias, está comprometiendo uno de los pilares fundamentales del Estado social y democrático de Derecho. Impulso Ciudadano y la Fundación Impulso y Cooperación expresan su preocupación

21 de abril de 2026

Sant Jordi 2026

En Impulso Ciudadano celebramos Sant Jordi con una jornada de firmas de libros en Carrer del Consell de Cent, 322 (Barcelona). Queremos compartir este día con autores y lectores en torno a la cultura, el pensamiento y la defensa de una Cataluña plural, abierta y de todos. Horarios de firmas12:00-13:00 h Benito Arruñada / Iván Vélez13:00-14:00 h Jesús Rul17:00-18:00 h Félix Ovejero / Sergio Fidalgo18:00-19:00 h Lucía Etxebarria / Sonia Sierra19:00-20:00 h Soraya Rodríguez

20 de marzo de 2026

Impulso Ciudadano logra que la Justicia obligue al Parlament a exhibir de forma permanente la bandera de España

Impulso Ciudadano celebra el auto dictado por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que estima parcialmente las medidas cautelares solicitadas por la entidad y ordena al Parlament de Cataluña colocar de forma inmediata y permanente la bandera de España junto a la de Cataluña en el exterior del edificio . La resolución judicial reconoce que la práctica seguida hasta ahora —consistente en colocar la bandera únicamente en días de pleno o retirarla de forma habitual— es contraria a la legalidad vigente, que exige que la bandera de España ondee todos los días en los edificios públicos. El auto recuerda que esta obligación no es opcional ni simbólica, sino una exigencia jurídica derivada de la Constitución y de la Ley 39/1981, que impone la presencia permanente de la bandera nacional como expresión de la soberanía, la unidad del Estado y los valores constitucionales que representa . Asimismo, el Tribunal descarta que la adopción de esta medida cautelar cause perjuicio alguno al interés general. Al contrario, subraya que su finalidad es garantizar el cumplimiento de la ley y la correcta representación institucional de todos los ciudadanos. La resolución judicial confirma que el respeto a los símbolos oficiales no es una cuestión menor ni protocolaria, sino una exigencia jurídica que garantiza la neutralidad institucional. La bandera de España simboliza la participación de todos los catalanes en el proyecto común constitucional y su exclusión constituye una forma de exclusión simbólica incompatible con un Estado democrático de derecho. Impulso Ciudadano subraya además que la normativa establece que la bandera de España debe ocupar un lugar de honor y no puede ser inferior en tamaño a otras banderas oficiales. Por ello, resulta incompatible con la legalidad la existencia de banderas autonómicas de dimensiones desproporcionadas en espacios públicos, como la señera gigante instalada en el parque de la Ciudadela, que deberá ser retirada para cumplir la normativa vigente. La asociación considera que la política de símbolos tiene una importancia fundamental en una democracia. La persistente resistencia de los sectores nacionalistas a cumplir la ley en esta materia demuestra que no se trata de un asunto secundario. La exclusión simbólica de los símbolos comunes precede y facilita la exclusión real de las instituciones del Estado y de los derechos garantizados por la Constitución. Impulso Ciudadano continuará trabajando para que en Cataluña se respete la legalidad, la neutralidad institucional

11 de marzo de 2026

Impulso Ciudadano recurrirá ante el Supremo el traspaso de competencias de Seguridad Social al País Vasco

Impulso Ciudadano anuncia que está preparando la interposición de varios recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Supremo frente a las normas aprobadas por el Gobierno que transfieren al País Vasco la gestión de las prestaciones por desempleo, determinadas prestaciones familiares no contributivas del sistema de Seguridad Social y el seguro escolar. Los recursos se dirigirán frente a los correspondientes reales decretos de traspaso de las competencias al País Vasco y las órdenes ministeriales que publicitan los convenios de transferencia. El traspaso tendrá eficacia a partir del 1 de enero de 2027. La entidad considera que estas transferencias quiebran principios esenciales del sistema constitucional de Seguridad Social y generan un precedente institucional extremadamente grave. Peligrosa territorialización del sistema de Seguridad Social El artículo 41 de la Constitución Española establece que los poderes públicos deben mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos. Este mandato constitucional se ha construido históricamente sobre tres pilares básicos: la unidad del sistema, la solidaridad financiera de todos los ciudadanos y la igualdad en el acceso a las prestaciones. A juicio de Impulso Ciudadano las transferencias aprobadas por el Gobierno ponen en riesgo este modelo constitucional, al introducir mecanismos que pueden conducir a una progresiva territorialización de prestaciones del sistema de Seguridad Social. En particular, es especialmente preocupante que los convenios de transferencia vinculen el coste de determinadas prestaciones al mecanismo de cálculo del cupo del Concierto Económico, conectando así el sistema de Seguridad Social con el sistema de financiación territorial del País Vasco. Si atendemos a los datos estadísticos oficiales de la Seguridad Social, relativos a las prestaciones no contributivas, la aplicación del cupo supondrá una sobrefinanciación en porcentajes que superarán en muchos casos el 200 % y que incluso llegarán al 1000% en las prestaciones de hijo a cargo mayores de 18 años con discapacidad del 75%. Esa sobrefinanciación pasará a ser soportada por el Sistema de Seguridad Social, que sufrirá la detracción de unos recursos que, además, no tendrán ya por objeto financiar prestaciones del sistema. Este diseño plantea serias dudas sobre su compatibilidad con el principio de unidad de caja y con la competencia exclusiva del Estado sobre el régimen económico de la Seguridad Social, prevista en la Constitución. Un precedente que puede afectar al conjunto del sistema Esta asociación considera que las normas aprobadas no constituyen una mera “reorganización administrativa”, sino que pueden suponer una alteración estructural del modelo de

19 de febrero de 2026

Un Juzgado de Girona requiere a una alcaldesa para que retire esteladas y coloque banderas oficiales de España y Cataluña

La Asociación Impulso Ciudadano expresa su satisfacción tras la sentencia dictada el 10 de febrero de 2026 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Girona, que estima íntegramente el recurso interpuesto por la entidad y declara que el Ayuntamiento de Verges incurrió en vía de hecho al mantener en el balcón consistorial una bandera antifascista con estelada y al permitir la presencia continuada de banderas esteladas en farolas de la vía pública, además de incumplir la obligación legal de exhibir las banderas oficiales de España y Cataluña en el exterior del edificio municipal.  La sentencia ratifica el auto de medidas cautelares de 18 de marzo de 2025 que se había dictado con anterioridad por el Juzgado y corroborado en sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El citado auto (y ahora la sentencia) obligaba al ayuntamiento a colocar en el exterior del consistorio las banderas oficiales de España y Cataluña, conforme a la Ley 39/1981, a retirar la bandera antifascista con estelada del balcón municipal (actualmente ya lo ha realizado), y a quitar las esteladas instaladas en las farolas del espacio público. Ante el incumplimiento del Ayuntamiento, el Juzgado dictó el 28 de enero un auto  de ejecución de las medidas cautelares en el que se acordó requerir personalmente a la actual alcaldesa de Verges, Diana Canals Batlle (CUP), para que cumpla en un plazo de diez días (vence hoy 19 de febrero) la resolución y apercibiéndola expresamente de la imposición de multas coercitivas personales —que pueden alcanzar hasta 900 euros mensuales— y de la posible deducción de testimonio por desobediencia en caso de incumplimiento contumaz.  Aunque este último auto se refiere formalmente a la ejecución de las medidas cautelares, su contenido es plenamente trasladable al cumplimiento de la sentencia dictada en el procedimiento principal.  Impulso Ciudadano celebra que, en un municipio que durante años ha hecho gala de la presencia de esteladas en sus calles y de la ausencia de las banderas oficiales en las dependencias municipales, se restablezca el principio de legalidad y se recuerde en la sentencia que las instituciones públicas no pueden apropiarse ideológicamente del espacio común. La Constitución y la Ley de Banderas son normas de obligado cumplimiento y, como señala reiteradamente la jurisprudencia, el sometimiento pleno de la Administración a la ley no depende del color político del gobierno municipal ni del contexto social del municipio. El respeto a la