1 de enero de 2010

Arraigo de los inmigrantes y conocimiento de la lengua catalana

Ante la pretensión del Gobierno de la Generalitat de Cataluña de exigir que el conocimiento del catalán sea determinante para conceder el arraigo a los inmigrantes en Cataluña, la Asociación IMPULSO CIUDADANO informa a la opinión pública: 1.- La sociedad de integración de los extranjeros inmigrados es la española y en el proceso de acogida es imprescindible tener en cuenta la gran movilidad por todo el territorio nacional de este colectivo. Es contrario al sentido común confundir la política lingüística de una Comunidad autónoma con la de acogida de los inmigrantes. 2.- Hacer determinante y prioritario en el proceso de acogida la enseñanza del catalán sobre el castellano para los extranjeros empadronados en Cataluña es notoriamente inconstitucional. En esta línea, el Tribunal Constitucional ha declarado en reiteradas sentencias que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Constitución el castellano es la lengua común de los españoles y que los poderes públicos deben dar igualdad de trato a los extranjeros inmigrados en toda España. Por ello, IMPULSO CIUDADANO considera especialmente grave que el certificado acreditativo oficial que extenderán las autoridades catalanas y que devendrá un documento imprescindible para obtener la renovación del permiso de residencia temporal de los extranjeros, para pedir la reagrupación familiar o adquirir la nacionalidad española por residencia continuada se haga depender preferentemente del conocimiento de la lengua catalana. Para IMPULSO CIUDADANO el arraigo se produce por la aceptación de las reglas cívicas y se ha de considerar que los extranjeros inmigrados, cuando tienen conocimiento de cualquiera de las dos lenguas oficiales, cumplen las condiciones suficientes para ser considerados arraigados en Cataluña y, por lo tanto, en España. En este sentido, consideramos especialmente discriminatorio con el colectivo de inmigrantes residentes en Cataluña que se les imponga un plus de conocimientos lingüísticos que no tienen que cumplir los españoles residentes en Cataluña. A estos efectos, se ha de recordar que el Tribunal Constitucional en la reciente sentencia sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña ha declarado que los propios catalanes no tienen obligación de conocer el catalán. Es particularmente gravoso para los hispanoamericanos, que conocen la lengua oficial del Estado, que su arraigo en España se haga depender del conocimiento del catalán, cuando los españoles no tienen obligación legal de conocer este idioma. 3.- Impulso Ciudadano recuerda que en su momento solicitó de la institución del Defensor del Pueblo que interpusiera recurso de inconstitucionalidad contra