1 de enero de 2010

En defensa de tu interés

  LA GENERALITAT QUIERE EVITAR QUE IMPULSO RECURRA   IMPULSO CIUDADANO presentó recurso contencioso-administrativo contra el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña por considerar contrario a derecho el articulo 6.d) del Decreto 155/2010, de 2 de Noviembre, de la dirección de los centros educativos públicos y del personal directivo profesional docente (DOGC núm. 5753 - 11/11/2010). El precepto impugnado dice: la dirección dirige y lidera el centro desde el punto de vista pedagógico y entre sus funciones le corresponden específicamente, “Garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación utilizada normalmente en las actividades del centro, en los términos que establece el título II de la Ley 12/2009, tal como se concreten en el proyecto lingüístico que forma parte del proyecto educativo del centro”. Este precepto habilita, por ejemplo,  al Director del centro educativo a sancionar a un profesor que dé las clases en castellano o a impedir que el castellano se convierta también en lengua vehicular de enseñanza o de las actividades administrativas. El régimen lingüístico que han de aplicar estos directores es el que emana de la Ley 12/2009, de Educación de Cataluña (LEC). IMPULSO CIUDADANO lo considera inconstitucional y por ese motivo ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anule ese artículo del Decreto y que, previamente, interponga cuestión de inconstitucionalidad contra la LEC.  La demanda argumenta extensamente las razones de la inconstitucionalidad. En el siguiente enlace  podéis leer la demanda, la contestación de la Generalitat y las conclusiones del pleito: http://www.impulsociudadano.org/demandas/   EL ABOGADO DE LA GENERALITAT PIDE QUE SE DECLARE INADMISIBLE QUE LAS ASOCIACIONES PUEDAN PRESENTAR RECURSOS CONTRA LAS DISPOSICIONES GENERALES QUE REGULAN LA POLÍTICA LINGÜÍSTICA El pleito está en la fase final, únicamente pendiente de que la Generalitat presente sus conclusiones, pero ahora el Abogado de la Generalitat, basándose en una sentencia del TSJC de 9 de mayo de 2012, ha presentado un escrito por el que pretende que el Tribunal declare inadmisible el recurso contencioso-administrativo porque, según la Administración catalana,  IMPULSO CIUDADANO no tiene legitimación para impugnar este Decreto. Alega, con cita de esta sentencia que no es suficiente “la defensa del ejercicio del bilingüismo lingüístico efectivo por parte de la asociación recurrente para entender acreditada la legitimación, ya que no es suficiente la obtención de una recompensa de orden moral o solidaria o el beneficio de carácter cívico o de

1 de enero de 2010

¡Ante todo, la salud! Recurre el protocolo de la Generalitat

Impulso Ciudadano presentará un recurso contencioso-administrativo contra el modelo de Protocolo de usos lingüísticos para el sector sanitario público de Cataluña que pretende hacer del catalán la única lengua de comunicación oral y escrita del personal sanitario en su ejercicio profesional con los pacientes. Tanto si eres usuario de la sanidad pública como profesional de la misma, estás afectado por una normativa que restringe la libertad de uso lingüístico del personal al servicio de la sanidad catalana y restringe los derechos a una atención digna de los pacientes y familiares. Si quieres adherirte a nuestro recurso ponte en contacto con IMPULSO CIUDADANO y te haremos llegar el documento.

1 de enero de 2010

Cuestión de inconstitucionalidad contra la LEC

IMPULSO CIUDADANO solicita del TSJ de Cataluña que presente cuestión de inconstitucionalidad contra el régimen lingüístico de la Ley de Educación de Cataluña. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha admitido a trámite y ha dado traslado a la Generalitat de la demanda contra el Decreto 155/2010, de 2 de Noviembre, de la dirección de los centros educativos públicos y del personal directivo profesional docente (DOGC núm. 5753 – 11/11/2010) presentada por IMPULSO CIUDADANO. La demanda pretende la nulidad del art. 6.d) del Decreto que obliga a los directores y directoras de los centros educativos públicos y concertados de Cataluña a garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación utilizada normalmente en las actividades del centro. La normativa permite a los directores sancionar al personal que no utilice esta lengua como vehicular y a la Generalitat cesar a los Directores y directoras en caso de incumplimiento de esta función. Como cuestión previa, IMPULSO CIUDADANO ha solicitado al Tribunal que presente ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad contra el Título II de la Ley de Educación de Cataluña que regula el régimen lingüístico del sistema educativo catalán y contra el artículo 142.5 de la LEC que obliga a los directores a garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, de la administración y de la comunicación en los centros educativos. La demanda, de cincuenta folios, que se acompaña como ANEXO, se fundamenta en que, de acuerdo con la vigente ley de educación catalana, el modelo educativo dejaría de ser de conjunción lingüística para pasar a ser de exclusión del castellano como lengua docente. Este modelo es incompatible con la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña que declaró la constitucionalidad del artículo 35 del Estatuto, siempre que se interpretara que el castellano y el catalán son lenguas vehiculares de la enseñanza y obligaba a las Administraciones a garantizar ese mandato. IMPULSO CIUDADANO considera que la actual normativa pretende hacer del catalán la única lengua vehicular de enseñanza en los centros educativos públicos y concertados de Cataluña y que el objetivo de la LEC no es normalizar el catalán (muy arraigado socialmente), sino potenciar su carácter identitario: hacer de este idioma el instrumento para construir la nación catalana. Esta tesis se justifica en el preámbulo y articulado de la LEC, en los trabajos parlamentarios de