IMPULSO CIUDADANO solicita del TSJ de Cataluña que presente cuestión de inconstitucionalidad contra el régimen lingüístico de la Ley de Educación de Cataluña.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha admitido a trámite y ha dado traslado a la Generalitat de la demanda contra el Decreto 155/2010, de 2 de Noviembre, de la dirección de los centros educativos públicos y del personal directivo profesional docente (DOGC núm. 5753 – 11/11/2010) presentada por IMPULSO CIUDADANO.
La demanda pretende la nulidad del art. 6.d) del Decreto que obliga a los directores y directoras de los centros educativos públicos y concertados de Cataluña a garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación utilizada normalmente en las actividades del centro. La normativa permite a los directores sancionar al personal que no utilice esta lengua como vehicular y a la Generalitat cesar a los Directores y directoras en caso de incumplimiento de esta función. Como cuestión previa, IMPULSO CIUDADANO ha solicitado al Tribunal que presente ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad contra el Título II de la Ley de Educación de Cataluña que regula el régimen lingüístico del sistema educativo catalán y contra el artículo 142.5 de la LEC que obliga a los directores a garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, de la administración y de la comunicación en los centros educativos.
La demanda, de cincuenta folios, que se acompaña como ANEXO, se fundamenta en que, de acuerdo con la vigente ley de educación catalana, el modelo educativo dejaría de ser de conjunción lingüística para pasar a ser de exclusión del castellano como lengua docente. Este modelo es incompatible con la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña que declaró la constitucionalidad del artículo 35 del Estatuto, siempre que se interpretara que el castellano y el catalán son lenguas vehiculares de la enseñanza y obligaba a las Administraciones a garantizar ese mandato.
IMPULSO CIUDADANO considera que la actual normativa pretende hacer del catalán la única lengua vehicular de enseñanza en los centros educativos públicos y concertados de Cataluña y que el objetivo de la LEC no es normalizar el catalán (muy arraigado socialmente), sino potenciar su carácter identitario: hacer de este idioma el instrumento para construir la nación catalana.
Esta tesis se justifica en el preámbulo y articulado de la LEC, en los trabajos parlamentarios de la LEC –en los que los grupos rechazaron todas las enmiendas que expresamente proponían el castellano y el catalán como lenguas docentes en Cataluña-; en las resoluciones y declaraciones aprobadas por el Parlamento y el Gobierno de Cataluña que han llegado a considerar inaceptable que los Tribunales declaren constitucional que las dos lenguas oficiales deban ser lenguas de enseñanza en Cataluña; y en la propia actividad del Gobierno catalán que incluso llega a apoyar a organizaciones que expresamente pretenden hacer del catalán la única lengua vehicular y de aprendizaje en el sistema educativo.
IMPULSO CIUDADANO considera que las instituciones catalanas incumplen el principio de lealtad constitucional que las vincula y, por ello, pretende que el Tribunal Constitucional anule el régimen lingüístico de la LEC por ser contrario a los artículos 3 (cooficialidad lingüística), 9.3 (seguridad jurídica) 27 (derecho a la educación), y 14 (principio de igualdad) de la Constitución en la medida en que sólo se permite la enseñanza bilingüe en los centros privados debiendo soportar la carga económica de este tipo de educación aquellas familias catalanas que opten por este modelo.
En Barcelona, a veintinueve de noviembre de dos mil once.