1 de enero de 2010

La JEC da la razón a la plataforma Lloc Net, Joc Net y ordena la retirada de símbolos separatistas

La iniciativa “Lloc Net, Joc Net”, integrada por las entidades Aixeca’t-Levántate, Impulso Ciudadano, S’ha acabat y Cataluña por España, presentó ante la Junta Electoral Central (JEC) una queja por los criterios utilizados por la Junta Electoral Provincial (JEP) de Girona en relación con la presencia de símbolos partidistas (más…)

1 de enero de 2010

Reunión con la Delegada del Gobierno

Miembros de la Junta Directiva de Impulso Ciudadano se ha reunido el lunes, 22 de abril, con Llanos de Luna, Delegada del Gobierno en Catalunya y con el subdelegado del Gobierno en Barcelona, Emilio Ablanedo. En el curso de la misma, el Presidente de Impulso Ciudadano, José Domingo, ha trasladado a la Delegada el apoyo de nuestra asociación para todas aquellas decisiones dirigidas a garantizar el cumplimiento de la legalidad (colocación de la bandera nacional en las instituciones) y ha considerado muy conveniente que se haga pública la actividad de los distintos Departamentos Ministeriales en Cataluña (Seguridad Social, Policía Nacional, Guardia Civil….) En esta línea, en el curso de la reunión se ha puesto de manifiesto la conveniencia de potenciar el papel de la Alta Inspección Educativa que está encuadrada orgánicamente en el ámbito de las subdelegaciones provinciales y resaltar la presencia de la Administración General del Estado mediante la celebración de conferencias y exposiciones y una política de puertas abiertas. También, la delegación de Impulso Ciudadano, le ha hecho llegar su preocupación sobre las consecuencias que pueden tener para la cohesión nacional el hecho de que algunas corporaciones locales estén realizando acciones destinadas a fomentar la insumisión fiscal a la Agencia Tributaria Estatal. Asimismo, también se ha pedido a la Delegada que la institución valore la posibilidad de actuar contra aquellas resoluciones municipales que aprueban la colocación de banderas independentistas en los espacios públicos por ser contrarios a la neutralidad política que deben mantener las instituciones públicas.

1 de enero de 2010

Impulso Ciudadano Convoca una Concentración en repulsa de la actitud de la Generalitat

La sentencia 31/2010, de 28 de julio, del Tribunal Constitucional, sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña, cuestiona, interpreta y anula una serie de preceptos que durante los últimos treinta años han vertebrado las políticas lingüísticas de los sucesivos gobiernos autonómicos catalanes desde el restablecimiento de la democracia. Conceptos recurrentes en la legislación catalana como el de “lengua propia”, “lengua normal y preferente”, “lengua vehicular” o “disponibilidad lingüística” han de ser leídos a partir de ahora a la luz de una sentencia que deja sin efecto aspectos nucleares de las políticas que han venido ejerciendo en esta materia, con diferencias sólo de matiz, los distintos Gobiernos de la Generalitat. No obstante, la reacción de los partidos que conforman el actual Gobierno y del principal partido de la oposición ha sido taxativa y unánime y no nos permite ser optimistas. Miembros del Gobierno de la Generalitat han manifestado públicamente que no se modificará ningún aspecto de la ley de política lingüística, ni de la nueva Ley de educación de Cataluña, ni de las recientemente aprobadas leyes de acogida de inmigrantes y del Código de consumo de Cataluña. No se rectificará nada y se desobedecerá de manera abierta y desinhibida la doctrina del Tribunal Constitucional, abriendo un periodo de conflicto e inseguridad jurídica que ha de envenenar el debate político y vulnerar los derechos de los ciudadanos en los años venideros. Es especialmente preocupante que el Gobierno de Cataluña se instalé en posiciones que puedan suponer, incluso, comportamientos delictivos y a esos efectos es necesario recordar que el artículo 410.1 del vigente Código Penal castiga con la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años a aquellas autoridades que se nieguen abiertamente a dar cumplimiento a resoluciones judiciales. La respuesta ante tal despropósito ha de provenir, necesariamente, de la misma ciudadanía que viene sufriendo la insensatez de unos gobernantes embebidos en sus propias obsesiones, cada vez más ajenos a sus inquietudes, que crean problemas donde no existen, y no resuelven los que sería urgente solucionar. Por todo ello, la asociación Impulso Ciudadano convoca una concentración que se celebrará a las 19 h. el próximo miércoles, 8 de septiembre, en la Rambla Sta. Mónica con Pasaje de la Banca, ante la Secretaría General de Política Lingüística, bajo el lema “La sentencia del Tribunal Constitucional debe cumplirse, no

1 de enero de 2010

IMPULSO CIUDADANO solicita al gobierno catalán que no desacate al tribunal supremo y haga factible que catalán y castellano sean lenguas vehiculares de facto en la enseñanza en Cataluña

Ante las reacciones de las fuerzas políticas catalanas y del propio Departamento de Educación en relación con las sentencias del Tribunal Supremo que obligan a la Administración educativa catalana a considerar lenguas vehiculares al castellano y el catalán, IMPULSO CIUDADANO CONSIDERA: PRIMERO.- Que los grupos parlamentarios y la Administración educativa han de asumir con normalidad que es una riqueza que la sociedad catalana sea bilingüe y que esta riqueza se ha de proyectar igualmente en la educación, siendo positivo el hecho de que la educación en Cataluña sea impartida con normalidad en las dos lenguas oficiales, el castellano y el catalán. Lo negativo es que en una sociedad bilingüe sólo sea considerada lengua vehicular una de las dos de forma obligatoria. SEGUNDO.- Que a la vista de las reacciones políticas no resulta ocioso recordar el contenido del artículo 118 de la Constitución española que dispone que: “Es obligatorio cumplir las sentencias y demás resoluciones  firmes de los Jueces y Tribunales”. El incumplimiento de las sentencias por parte de las Administraciones es delito,  por lo que el Departamento de Enseñanza no debe ignorar, a partir de ahora, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, basada en la doctrina del Tribunal Constitucional que dispone que castellano y catalán han de ser lenguas vehiculares en la enseñanza en Cataluña. TERCERO.- Que hay que dar por finiquitado el modelo de inmersión lingüística obligatoria y asumir el derecho a decidir en la escuela, de manera que se respete la voluntad de aquellos padres que defienden un sistema que garantice la presencia equilibrada de las dos lenguas oficiales en la enseñanza. CUARTA.- Es una muestra de cinismo afirmar que el modelo de inmersión obligatoria garantiza mejor la enseñanza que el modelo bilingüe de conjunción lingüística. Es evidente que el actual modelo catalán responde a criterios políticos nacionalistas, pero no a razones pedagógicas. QUINTA.- Por ello, el primer cambio que origina la jurisprudencia del Tribunal Supremo es que la Administración debe posibilitar en todos los ciclos educativos un sistema que evite que el catalán se convierta en la única lengua vehicular obligatoria. Ello debe tener su traducción inmediata en: a)     Que la programación del Departamento de Enseñanza ha de contemplar en su normativa que las lenguas vehiculares de enseñanza y de la Administración educativa y de relación entre los padres, alumnos y centros son el catalán y el castellano; b) Que en los conciertos que suscriba la Administración educativa catalana

1 de enero de 2010

Per Una Escola de Tots / Por Una Escuela de Todos

Impulso Ciudadano se suma como asociación co-organizadora de la concentración ciudadana que se realizará el próximo domingo 17/06/18 en Sant Andreu de la Barca bajo el lema "Por Una Escuela de Todos". Igualmente invitamos a todos nuestros socios, simpatizantes y ciudadanía en general a asistir a este acto. Durante el mismo mostraremos nuestro apoyo a los alumnos del Instituto El Palau, de esa localidad barcelonesa. Ello con motivo de los señalamientos y descalificaciones sufridos por estos alumnos a manos de activistas del separatismo. (más…)

1 de enero de 2010

Impulso ciudadano denuncia que la política sancionadora de la Generalitat en materia lingúistica continua plenamente vigente.

La Generalitat confirma las sanciones a empresarios por no rotular en catalán. Impulso Ciudadano celebra que el Tribunal Constitucional haya admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad contra el Código de Consumo Catalán y lamenta que la política de la generalitat se base en el bastonazo y no en la persuasión. Impulso ciudadano pone en conocimiento de la opinión pública que la Agencia Catalana de Consumo ha desestimado los recursos de alzada interpuestos por los empresarios Xurde Rocamundi y Feliciana Piris Duque, contra las sanciones de 1200€ que le fueron impuestas por no disponer en catalán de toda la rotulación y carteles de los respectivos establecimientos. La confirmación de estas sanciones desmiente las manifestaciones efectuadas por algunos dirigentes políticos en relación con una posible atenuación de la política sancionadora en materia lingüística. La realidad demuestra que el gobierno catalán mantiene un rigor desproporcionado en el tema de las multas lingüísticas que contradice todos los postulados relacionados con la libertad de expresión y con el principio de igualdad de trato a los consumidores catalanes. Es evidente que no se sanciona si rotulas sólo en catalán y se sanciona si lo haces exclusivamente en castellano. En todo caso, es especialmente grave que se confirmen estas sanciones cuando el Gobierno catalán está vinculado por la interpretación del Tribunal Constitucional sobre el artículo 34 del Estatuto de Autonomía de Cataluña que ha declarado: “…que el deber de disponibilidad lingüística de las entidades privadas, empresas o establecimientos abiertos al público no puede significar la imposición a estas, a su titular o su personal de obligaciones individuales de uso de cualquiera de las dos lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo en las relaciones privadas, toda vez que el derecho a ser atendido en cualquiera de dichas lenguas solo puede ser exigibles en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos. Por ello en este ámbito de las relaciones entre privados no cabe entender que el Estatuto imponga de modo inmediato y directo tal obligación a los ciudadanos.” Mas cuando hoy mismo se ha conocido que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad contra el Código de Consumo de Cataluña que demuestra, al menos, las razonable dudas que existen sobre todo el modelo sancionador catalán en las políticas lingüísticas que lamentablemente se ha basado en la política del bastonazo y no en la del fomento y la persuasión. Para entender