COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN IMPULSO CIUDADANO EN RELACIÓN CON LA MANIFESTACIÓN CONVOCADA POR VOCES CONTRA EL TERRORISMO PARA EL DÍA 5 DE FEBRERO La Asociación IMPULSO CIUDADANO, ante la convocatoria de la manifestación el próximo 5 de febrero de Voces contra el Terrorismo, MANIFIESTA: 1.- Su reconocimiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por su eficacia y celo en la detención de miembros de la banda terrorista ETA y de personas de su entorno, entendiendo que la vía más efectiva para la desaparición del terrorismo identitario vasco es la de la presión policial y la de la acción de la justicia. 2.- Que el comunicado de la banda terrorista ETA por el que anuncia un “alto el fuego permanente y de carácter general” es decepcionante puesto que no garantiza la disolución de la banda terrorista. Para Impulso Ciudadano, la única vía a considerar con ETA es la entrega de las armas en su poder, la puesta a disposición voluntaria ante la Administración de Justicia de los miembros de la organización terrorista implicados en delitos objeto de persecución, la petición pública de perdón y el resarcimiento de los daños producidos por tantos años de violencia a las víctimas del terrorismo y a sus familiares. 3.- Que no se dan las condiciones democráticas para que las organizaciones del entorno de la banda terrorista puedan ser legalizadas y participar en los procesos electorales, por lo que reclamamos de las autoridades competentes que sean especialmente celosos en el cumplimiento de las normas, avaladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para evitar que, por fraude de ley, puedan intervenir en contienda electoral alguna. 4.- Que de conformidad con su reiterado apoyo a los colectivos de víctimas del terrorismo y en solidaridad con ellas, la asociación IMPULSO CIUDADANO se adhiere a la manifestación convocada para el próximo día 5 de febrero en Madrid.
por ANA MAR FERNÁNDEZ – Sorprende constatar, día tras día, la ligereza con la que políticos como Artur Mas claman y proclaman la vocación naturalmente europea de lo que sería un Estado catalán independiente del resto de España desplegando, para ello, una retórica de corte esencialmente anti europea. Asombra un discurso construido en negativo, articulado en torno a unos argumentos fundamentalmente contrarios al espíritu, los valores y el derecho de la UE. “¿Cataluña, próximo Estado de Europa?”. A la vista del desconocimiento que delata una afirmación tan grandilocuente, cabe recordar al presidente de la Generalitat algunos de los principios básicos que regulan la Unión Europea. Principios constitucionales y funcionales que obligan a todos sus miembros por cuanto la legalidad jurídica no es una mera noción abstracta que se puede obviar en función de la oportunidad política del momento. El primero de ellos es el propio concepto de unión. Tal y como estipula el Preámbulo del Tratado de la Unión Europea (TUE), esta organización política encuentra su origen en la voluntad de “acercar los pueblos de Europa en una unión cada vez más estrecha” con el doble objetivo de mantener la paz en el continente europeo y lograr su prosperidad económica. Es decir, Europa como entidad política debe su nacimiento a un principio normativo meridianamente claro: es la preferencia de la unión frente a la fragmentación, la cohesión frente a la desagregación o, si se prefiere, las fuerzas centrípetas (que no centralizadoras) frente a las centrífugas lo que constituye la verdadera garantía de estabilidad política y de crecimiento económico. La actual parálisis de la arquitectura comunitaria, bloqueada por la proliferación de los egoísmos nacionales es una buena prueba de ello. El segundo principio es la idea de integración. Para unir los pueblos de Europa, la fórmula europea consiste en integrar las competencias soberanas y exclusivas de los Estados miembros. En otras palabras, en términos funcionales la construcción europea se basa en un principio básico: la renuncia progresiva, y en grados diversos, de parcelas de poder previamente en manos de los Estados (ya sea a través del gobierno nacional o de los gobiernos regionales, donde existan) y su cesión a un nivel político de carácter supraestatal. Desde la política de la competencia hasta la política monetaria pasando por la política agrícola o medioambiental, el modo de funcionamiento de la UE pasa por la inclusión en conjuntos más amplios y no por el
Mentir es decir lo contrario de lo que se sabe. La Consejera de Enseñanza, Irene Rigau, convocó urgentemente a los medios de comunicación para valorar una sentencia del Tribunal Supremo sobre los efectos de la cooficialidad lingüística en la escuela catalana. En la rueda de prensa mintió cuando declaró que el Tribunal Supremo había avalado "la interpretación" de la Generalitat sobre los derechos lingüísticos y el modelo escolar catalán. La convergente pretendía manipular a los periodistas y, a través de ellos, a la población en general, haciéndoles creer que el modelo de inmersión lingüística obligatoria es considerado legal por el Tribunal Supremo. Tuvo éxito. La letanía de la Consejera, “La inmersión ha sido avalada”, la han repetido machaconamente la mayoría de las radios y televisiones catalanas, así como la prensa escrita (El Periódico, El País, El Punt Avui, Ara…). Merece una cita especial el tratamiento de La Vanguardia. Josep Playà es un periodista experto en temas de educación que está acostumbrado a trabajar con textos jurídicos y educativos. Es de suponer que habrá leído la sentencia en cuestión y, a pesar de ello, tuvo la desvergüenza de titular la noticia así: “Un fallo pro inmersión”, y adornarla con la siguiente entradilla: “El Supremo avala la atención individualizada a los alumnos y considera que no es necesario cambiar el modelo lingüístico de enseñanza”. Es mentira. Digo que es mentira porque el Tribunal Supremo no ha justificado la inmersión, por el contrario, la ha criticado. Tampoco es verdad que sea legal enseñar a los niños mediante el método de la atención individualizada. Acudamos al texto de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 diciembre de 2010 que es el objeto de interpretación de la reciente sentencia de 19 de febrero de 2013. Reconoce el derecho de un padre que demandó a la Generalitat para lograr que la educación de sus dos hijos se hiciera con un reparto proporcional y equitativo de las materias en castellano y catalán. La administración sólo ofrecía clases en catalán. Los jueces corrigieron al Departamento y declararon que: “el castellano debía utilizarse como lengua vehicular en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cataluña en la proporción que proceda dado el estado de normalización lingüística alcanzado por la sociedad catalana”. Acto seguido, la sentencia advertía que la Generalidad debería adoptar “cuantas medidas sean precisas para adaptar su sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la