1 de enero de 2010

Carod Rovira reconoce que las webs de la Generalitat no son bilingües

El diputado del Parlamento catalán y Presidente de Impulso Ciudadano, José Domingo, ha preguntado al Gobierno cuándo hará posible que todas las sedes electrónicas de la Generalitat estén disponibles en todas las lenguas oficiales de Cataluña en condiciones de igualdad. Domingo ha denunciado que sólo siete de los quince Departamentos de la Generalitat cuentan con opción en castellano en sus webs y que en casi todas ellas, se trata de una opción “meramente virtual” y mostrado en el Pleno un ejemplo sacado de la página para la tramitación de ayudas y subvenciones de la web del Departamento de Presidencia en sus versión en catalán, castellano e inglés. El diputado ha recriminado al Gobierno su falta de voluntad para solventar este incumplimiento de la Ley y ha denunciado que “el empleo de las lenguas en sede electrónica es una decisión exclusivamente política.” Carod-Rovira ha justificado la falta de opción en castellano en las webs de las Administraciones públicas catalanas y dejado claro que el Gobierno no tiene ninguna intención de corregir este grave incumplimiento de la legislación vigente en esta materia. El diputado del Parlamento catalán y Presidente de Impulso Ciudadano, José Domingo, ha preguntado al Gobierno durante la sesión de control cuándo tiene previsto hacer posible que todas las sedes electrónicas de la Generalitat ofrezcan la información y las aplicaciones a disposición de los ciudadanos en las lenguas oficiales de Cataluña en condiciones de igualdad ha recordado que la legislación vigente en materia de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que las sedes electrónicas de las Administraciones en territorios con régimen de co-oficialidad lingüística deben hacer posible el acceso a sus contenidos y servicios en las lenguas co-oficiales. Domingo ha señalado al Vicepresidente del Gobierno, Sr. Josep-Lluís Carod-Rovira, que, tal y como pone en evidencia el informe de Impulso Ciudadano “Las lenguas oficiales en las webs de las administraciones catalanas”, de los quince Departamentos del Gobierno de la Generalitat, ocho, incluido el de la Vicepresidencia, no cuentan en sus páginas con opción en castellano. El Diputado del Grupo Mixto ha denunciado ante el Vicepresidente que en casi todas las siete webs restantes, la aparente opción en castellano es “meramente virtual”. Domingo ha ilustrado esta afirmación mostrando al Vicepresidente tres imágenes de la misma sección de la página para la tramitación de ayudas y subvenciones de la web del Departamento de Presidencia en sus versiones en catalán,

1 de enero de 2010

Lloc Net, Joc Net solicita impugnar las juramentaciones irregulares

LA INICIATIVA “LLOC NET, JOC NET” SOLICITA A LOS PARTIDOS CONSTITUCIONALISTAS Y AL GOBIERNO DE LA NACIÓN QUE PRESENTEN RECURSOS CONTRA LOS NOMBRAMIENTOS DE LOS CARGOS ELECTOS QUE HAN EMPLEADO EN SUS TOMAS DE POSESIÓN FÓRMULAS CONTRARIAS A LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (más…)

1 de enero de 2010

IMPULSO CIUDADANO LAMENTA EL DISCURSO GOLPISTA DEL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT

IMPULSO CIUDADANO pide responsabilidad y serenidad al Presidente de la Generalitat de Cataluña y lamenta el lenguaje golpista de su discurso pretendidamente institucional La sentencia del Tribunal Constitucional ha puesto de manifiesto la gran mentira urdida por parte de la clase política catalana, con el aval del Gobierno español, que han venido defendiendo la integra constitucionalidad del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Impulso Ciudadano solicita lealtad constitucional y pleno respeto a las instituciones del Estado y que se abandone el discurso provocador, fatalista y catastrofista que intenta hacer creer a la ciudadanía que la sentencia del Tribunal Constitucional pone en peligro la autonomía de Cataluña, cuando estamos ante una situación claramente contraria, el Tribunal Constitucional ha reforzado la autonomía en la medida en que la ha hecho más constitucional. Impulso Ciudadano promueve una respuesta conciliadora, por lo que lamentamos la insumisión de algunas instituciones y partidos políticos catalanes, con el Presidente de la Generalitat al frente. Una vez analizada la sentencia del máximo intérprete de la Constitución expresará una valoración más precisa y detallada. Barcelona, a veintiocho de junio de dos mil diez.

1 de enero de 2010

IMPULSO CIUDADANO presentará recurso contencioso-administrativo contra la convocatoria del Departamento de Justicia para la concesión de becas para la investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.

IMPULSO CIUDADANO presentará recurso contencioso-administrativo contra la convocatoria del Departamento de Justicia para la concesión de becas para la investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán. * Las bases de la convocatoria obligan a presentar los trabajos en catalán, lo que se considera discriminatorio por razón de lengua al vulnerarse el derecho de opción lingüística que consiste en la posibilidad de dirigirse a la Administración catalana en cualquiera de las tres lenguas oficiales. El Diario Oficial de la Generalitat núm. 5727 ha publicado en el día de hoy, la Orden JUS/465/2010, de 23 de septiembre, de la Consejería de Justicia por la que se abre la convocatoria para la concesión de becas para la investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán. Las bases de la convocatoria obligan a presentar en catalán el proyecto de investigación o la parte delimitada de éste (base 5.4 e) y el ejemplar del trabajo, tanto en formato DINA4 como en soporte informático (base 13). Asimismo, las bases prevén que puede acceder a este concurso en la modalidad A), individualmente o formando un equipo investigador, el personal de las diferentes administraciones públicas de Cataluña, sea cuál sea su vinculación, salvo el profesorado universitario y los profesionales de entidades públicas o privadas sin afán de lucro que colaboren con la Administración; y en la modalidad B), el profesorado universitario, los estudiantes universitarios de 3er. ciclo y los profesionales liberales vinculados al ámbito de la justicia que vivan, trabajen o estudien en el territorio de Cataluña. A juicio de Impulso Ciudadano, los términos de la convocatoria se consideran contrarios a la Constitución, al Estatuto de Autonomía, a la Ley de Política Lingüística y a la Ley del aranés. Basta con recordar que el artículo 32 del vigente Estatuto de Autonomía dispone que todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razón de lengua y que los actos jurídicos hechos en cualquiera de las dos lenguas oficiales (castellano y catalán) tienen, por lo que hace a la lengua, validez y eficacia plenas. Asimismo, el artículo 33.1 del Estatuto de Autonomía dispone que los ciudadanos tienen el derecho a la opción lingüística y que en las

1 de enero de 2010

SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL DEBATE EN EL PLENO DEL 30 DE JUNIO

El Portavoz adjunto del Grupo Mixto, José Domingo, y ponente de este Grupo en el Proyecto de Ley del Código de Consumo de Cataluña ha presentado un escrito dirigido a la Junta de Portavoces para que: a) aplace el debate y votación del dictamen relativo al proyecto de ley del Código de Consumo de Cataluña previsto en el punto 3 del Orden del día del Pleno del próximo 30 de junio de 2010; b) traslade de inmediato, cuando disponga de ella, la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el recurso de inconstitucionalidad núm. 8045-2006 a los distintos Grupos Parlamentarios al objeto de que pueda ser estudiada; c) acuerde retornar el dictamen del citado Proyecto de Ley a la Comisión de Economía y Finanzas para su estudio y, en su caso, presentación de enmiendas. Para el diputado José Domingo no es admisible aprobar una ley que depende claramente de una resolución que todavía se desconoce, pero que se sabe que fija la doctrina del Tribunal Constitucional sobre los derechos lingüísticos de los consumidores y usuarios y que afecta directamente a la regulación de las denominadas multas lingüísticas. Las razones en que fundamenta su petición son las siguientes: - El apartado 3º del fallo de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía dispone que no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el correspondiente Fundamento Jurídico, entre otros, el artículo 34 del Estatuto de Autonomía de Cataluña del 2006. En concreto, el Fundamento Jurídico 22 de la sentencia se refiere a ese precepto. - El artículo 34 del Estatuto de Autonomía regula los derechos lingüísticos de los consumidores y usuarios con la siguiente redacción: “Todas las personas tienen derecho a ser atendidas oralmente y por escrito en la lengua oficial que elijan en su condición de usuarios o consumidores de bienes, productos y servicios. Las entidades, las empresas y los establecimientos abiertos al público en Cataluña están sujetos al deber de disponibilidad lingüística en los términos que establezcan las leyes”. - El título II del libro primero del citado Proyecto de Ley regula los derechos básicos de las personas consumidoras y concretamente, su Capítulo VIII, bajo la rúbrica de “derechos lingüísticos” se refiere al derecho de recibir información y a la utilización de las lenguas oficiales, de manera que incorpora este derecho a los derechos básicos de las personas consumidoras y despliega así el artículo

1 de enero de 2010

El TSJC anula el nombramiento del alcalde de Reus gracias a la asesoría de Impulso Ciudadano

Impulso Ciudadano celebra la primera sentencia que anula la toma de posesión de concejales que no han acatado correctamente la Constitución y que implica la nulidad de la elección del Alcalde de Reus. (más…)