Impulso Ciudadano pone en conocimiento de la opinión pública que el exconcejal del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar (Barcelona), ENRIQUE ABAD, ha solicitado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Barcelona que ordene nuevamente al Ayuntamiento de Sant Pol de Mar reponer la bandera nacional española en la fachada, en las dependencias municipales y de forma preferente en el salón de plenos del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar en cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de 17 de enero de 2012.
La bandera española fue colocada el pasado 21 de febrero en el salón de plenos y en la fachada del ayuntamiento; pocos días después, el 27 de febrero, fue quemada la que se encontraba en el balcón y desapareció la que se había incorporado al salón de plenos. Repuesta la de la portada el día 28 de febrero, fue sustraída extrañamente del mástil de la fachada el día 7 de abril por unos desconocidos que no fueron detenidos, a pesar de que las dependencias de la policía municipal se encuentran al lado del edificio de la corporación municipal. Desde entonces, el equipo municipal no la ha repuesto al igual que tampoco ha colocado la del salón de plenos, que ya había desaparecido mucho antes.
La reiterada ausencia de la bandera española (la catalana y la de Sant Pol de Mar continúan exhibiéndose) pone de manifiesto que la voluntad de la corporación municipal es no dar cumplimiento a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo, por lo que en el escrito dirigido al Juzgado el exconcejal y miembro de Impulso Ciudadano, Enrique Abad, censura la actitud de la alcaldesa, y pide al Juez que valore los posibles daños y perjuicios que al orden constitucional comporta el comportamiento de la máxima responsable del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar. A la vista de la intencionada falta de cumplimiento de la Ley de Banderas por parte de la alcaldesa, ha solicitado al Juez que presente denuncia (levantar testimonio de particulares) ante el Juzgado de Instrucción por si hubiera incurrido en un posible delito de desacato a la autoridad judicial, previsto en el artículo 410 del vigente Código Penal.